UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR
EL HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO
CONSIDERANDO:
Que la Universidad Central
del Ecuador es un centro de educación e investigación y como tal promueve y
estimula la generación y difusión de ciencia, tecnología, arte y deporte.
Que es necesario
incentivar a docentes, administrativos y estudiantes a la producción
científica, académica, tecnológica, artística, cultural y deportiva.
Que en el Día de la Universidad uno de los
hechos principales será el reconocimiento y premiación a los aportes más
significativos de los campos intelectuales, artísticos y deportivos.
En uso de sus
atribuciones, expide el siguiente:
REGLAMENTO CODIFICADO PARA LA CONCESIÓN DEL
“PREMIO UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR”
Art. 1.- El premio
“Universidad Central del Ecuador” es el máximo galardón que la Universidad otorga
anualmente al personal docente, investigador, técnico o administrativo por aportes
destacados en los campos de las ciencias, artes, difusión de la cultura o el
deporte; y, los estudiantes en los campos artísticos, cultural y deportivos.
Art. 2.- Los
candidatos al Premio deben estar patrocinados por la unidad académica
administrativa en la que desempeñan sus labores; para el concurso deben ser
obras originales, inéditas, actualizadas, que aporten al desarrollo científico,
tecnológico, artístico o deportivo del país.
Art. 3.- Pueden
participar en el concurso todos los servidores universitarios y estudiantes. El
autor o autores de la obra deben inscribirse mediante solicitud al señor
Rector, en papel universitario, indicando el área de participación y acompañado
de cuatro ejemplares.
Art. 4.- La obra
para el concurso debe tener máximo tres coautores.
Art. 5.- Para el
concurso las obras se clasificarán en cuatro áreas:
1.
Área de Humanidades, Artes y
Deporte.
2.
Área de Ciencias de la Vida
3.
Área de Ciencias Sociales
4.
Área de Físico – Matemática.
Art. 6,. Las obras, los
certificados de premios a logros relevantes, serán entregadas en la Secretaría General,
mediante oficio del Decano que le patrocina, adjuntando lo señalado en el Art. 3
de este Reglamento, hasta el último día laborable del mes de octubre de cada
año.
Art. 7.- Las obras
artísticas serán expuestas en el lugar, fecha y hora que la Secretaría General,
mediante oficio lo estime conveniente.
Art. 8.- la obra
artística será considerada siempre que el autor adjunte por escrito los
detalles de la obra.
Art. 9.- las obras
se presentarán por escrito y en versión magnética, sin nombre del autor o
coautores, para que la Secretaría General
le codifique con un número o seudónimo.
Art. 10.- El señor
Rector designará una comisión o tribunal para cada una de las áreas. En la
primera reunión la comisión decidirá si las obras presentadas corresponden al
área al que se han inscrito, en caso contrario, la obra será remitida al
tribunal correspondiente.
Cada tribunal
estará integrado por dos miembros titulares y un alterno, que serán profesores
principales de reconocida solvencia en el área.
Cuando el
concursante pertenezca al estamento laboral o estudiantil, integrará el
tribunal un representante del respectivo gremio.
Art. 11.- Los
tribunales darán su veredicto debidamente fundamentado, dentro de los treinta
días laborables contados desde la fecha en que le fueron entregadas las obras
para su estudio y dictamen.
Art. 12.- Si las
obras presentadas no tuvieran los méritos suficientes se declarará desierto el
concurso y no se adjudicarán los premios.
Art. 13.- El
veredicto del tribunal será presentado a consideración y resolución del Honorable
Consejo Universitario.
Art. 14.- La Universidad Central
del Ecuador concederá en cada área los siguientes premios:
1.
Primer premio, consiste en USD
$3000.00 (tres mil dólares americanos), publicación y diploma.
2.
Segundo Premio, consiste en USD
$2000.00 (dos mil dólares americanos) y diploma
3.
Tercer premio, consiste en USD
$1000.00 (mil dólares americanos) y diploma.
Art. 15.- las obras
que suscriban dos o tres coautores, el premio económico será compartido en
partes iguales y se otorgará un diploma a cada uno de los autores.
Art. 16.- Si luego
de haber sido concedidos los premios, hubiese apelación por motivo de plagio o
publicación, previo su verificación, los ganadores del concurso deberán devover
los premios, sin perjuicio de la sanción correspondiente.
Esta propuesta
reemplazaría a la aprobada el 21 de octubre de 2003.